- enero 12, 2026 /
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Un esquema de vacunación incluye todas las vacunas, las dosis necesarias y refuerzos para las personas desde su nacimiento hasta la edad adulta. En general son similares los esquemas de vacunación en diferentes países y varían según necesidades epidemiológicas de la región. Conoce a continuación las vacunas recomendadas en Guatemala.
Al nacer
– Hepatitis B (en las primeras 24 horas de vida)
– BCG- vacuna contra Tuberculosis (antes de 1 año de edad)
2 meses
– Rotavirus (Primera dosis)
– Neumococo (Primera dosis)
*Primera opción (según disponibilidad):
– Poliomielitis, IPV- vacuna inactivada contra la Polio inyectada (Primera dosis)
– Pentavalente (Primera dosis)
* Segunda opción (según disponibilidad):
– Hexavalente (Primera dosis)
4 meses
– Rotavirus (Segunda dosis)
– Neumococo (Segunda dosis)
*Primera opción (según disponibilidad):
– Poliomielitis, OPV- vacuna atenuada contra Polio oral (Segunda dosis)
– Pentavalente (Segunda dosis)
* Segunda opción (según disponibilidad):
– Hexavalente (Segunda dosis)
6 meses
– Influenza (Primera dosis)
*Primera opción (según disponibilidad):
– Poliomielitis, OPV (Tercera dosis)
– Pentavalente (Tercera dosis)
* Segunda opción (según disponibilidad):
– Hexavalente (Tercera dosis)
12 meses (1 año)
– SPR- vacuna contra el sarampión, rubeola y parotiditis (Primera dosis)
– Neumococo (Refuerzo)
– Influenza (Segunda dosis)
15 meses ( 1 año 3 meses)
– Varicela (primera dosis)
18 meses ( 1 año 6 meses)
– SPR (Segunda dosis)
Primera opción (según disponibilidad):
– Poliomielitis, IPV (Refuerzo)
– Pentavalente (Refuerzo)
* Segunda opción (según disponibilidad):
– Hexavalente (Refuerzo)
48 meses (4 años)
– DPT (Segundo refuerzo)
– Poliomielitis, OPV (Segundo refuerzo)
-Varicela (refuerzo)
10 años (niñas y niños)
– Refuerzo Td- vacuna contra el tétanos y difteria
9 a 16 años
– VPH- vacuna contra el virus del Papiloma Humano(1 dosis)
Embarazo
– Tdap- vacuna contra el tétanos, difteria y la tosferina
Adultos y población de riesgo
– Hepatitis B: Tres dosis, Segunda dosis, 1 mes después de la primera. Tercera dosis, 5 meses después de la segunda.
– Influenza: Una dosis al año
– TDap: Única dosis, 20 semanas de gestación
– Td: Una dosis de refuerzo
– SR: Para mayores de 18 años
– Fiebre amarilla: Única dosis
Ley de Vacunación de Guatemala (Decreto 25-2024)
El Decreto 25-2024, aprobado recientemente por el Congreso de la República de Guatemala, establece la Ley de Vacunación. Esta normativa tiene como objetivo garantizar la inmunización preventiva y gratuita contra enfermedades inmunoprevenibles para toda la población guatemalteca. La nueva ley no hace obligatoria la aplicación de vacunas y determina que la vacunación de menores de edad es una responsabilidad de los padres, madres o tutores.
En resumen, el Decreto 25-2024 representa un avance significativo en la protección de la salud pública en Guatemala, asegurando que todos los ciudadanos tengan acceso a vacunas esenciales y fortaleciendo las estructuras necesarias para una inmunización efectiva y sostenible.
Puntos principales de la Ley de Vacunación:
- Acceso Universal y Gratuito: La ley asegura que todos los guatemaltecos tengan acceso gratuito a las vacunas necesarias para prevenir enfermedades.
- Financiamiento Asignado: Se establece que los ministerios de Salud Pública y Finanzas deben asignar anualmente en el presupuesto general una partida específica para la compra, distribución y administración de las vacunas.
- Esquema Nacional de Vacunación: El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) deberá recomendar y actualizar anualmente un esquema nacional de vacunación, adaptado a las necesidades epidemiológicas del país.
- Fortalecimiento del Consejo Nacional de Prácticas en Inmunizaciones (Conapi): Se refuerza el papel del Conapi como ente consultivo y asesor en temas de vacunación.
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